Decreto N° 1.219 de fecha 10 febrero 2014 de la Presidencia de la República del Paraguay, por el cual se declara como Prioridad Nacional del Gobierno la meta “EJECUCION DE PROGRAMAS HABITACIONALES” a cargo de la Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat (SENAVITAT), dentro del marco de implementación del “PROGRAMA NACIONAL DE REDUCCIÓN DE LA POBREZA”.
Dicho Decreto en su artículo 2° menciona la atención preferencial por parte del Ministerio de Hacienda, en carácter de prioridad a los procedimientos requeridos por la Senavitat, para las transferencias de créditos presupuestarios, así como para la obtención de los mismos, por los mecanismos legales asignados al efecto (ampliación, modificación o reprogramación presupuestaria).
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